El Tribunal Supremo de España ratifica que colocar la bandera LGBTQI+ en edificios públicos es legal por ser “un símbolo de igualdad”

El Tribunal Supremo de España tomó el día de hoy una decisión significativa al permitir la exhibición de la bandera LGBTQI+ en edificios públicos durante la celebración del Orgullo. Este fallo se basa en la interpretación de que la bandera no representa un símbolo partidista ni incita a la confrontación, sino que el uso de esta bandera está alineado con los principios de igualdad y no discriminación, valores fundamentales tanto en la Constitución española como en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Los magistrados del Supremo argumentan que la exhibición de la bandera LGBTQI+ no infringe la Ley 39/1981, que regula el uso de banderas en España, ya que esta normativa no contempla específicamente el uso de símbolos que promuevan la igualdad. En este contexto, se destaca que tanto el Ayuntamiento de Zaragoza como la Diputación Provincial de Valladolid actuaron dentro del marco legal al exhibir la bandera durante las festividades del Orgullo, desestimando así alegatos presentados por la Fundación Española de Abogados Cristianos.
El tribunal también resalta que los artículos 14 y 9.2 de la Constitución española promueven la eliminación de discriminaciones basadas en circunstancias personales, incluyendo la orientación sexual. Este enfoque es respaldado por legislaciones más recientes, como la Ley 15/2022, que refuerza el derecho a no ser discriminado por motivos de orientación o identidad sexual.
Sin embargo, no todos están de acuerdo con esta interpretación. El magistrado José Luis Requero Ibáñez ha expresado su desacuerdo, argumentando que el movimiento LGBTQI+ abarca diversas ideologías que pueden ser controvertidas y divisivas en la sociedad, incluyendo “siglas que reúnen diversas tendencias sexuales que sustentan postulados varios, entre ellos los de la llamada ideología de género, que no son pacíficos y respecto de los que hay división en la sociedad, ya sea por razón de creencias o de ideología”.
Por su parte, la Fundación Española de Abogados Cristianos ha anunciado su intención de recurrir esta decisión ante el Tribunal Constitucional, calificando el fallo como un reflejo de la politización del sistema judicial. Su presidenta, Polonia Castellanos,manifestó su preocupación sobre cómo este tipo de decisiones pueden influir en la independencia judicial y ha indicado que podrían llevar el caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos si es necesario.
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