Panamá debate castigar el “cruising” y el exhibicionismo con hasta siete años de cárcel

La Asamblea Nacional de Panamá, por medio de su Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales, aprobó en primer debate el anteproyecto de Ley 169, presentado por el diputado Manuel Cheng, que busca incluir por primera vez en el Código Penal sanciones específicas contra el exhibicionismo sexual y el llamado “cruising” en espacios públicos o semi-públicos.
El diputado Cheng sostuvo que la propuesta “no es moralista, sino una herramienta legal para proteger a la población”, e ilustró el problema con la proliferación de actos de exhibicionismo en baños públicos, parques o transporte, que, según él, generan inseguridad ciudadana. Según el anteproyecto, las penas variarían según el contexto: de 1 a 2 años de prisión para exhibicionismo general; de 2 a 4 años si ocurre en hospitales, escuelas, transporte o iglesias; y de 4 a 7 años si se realiza delante de menores de edad.
El “cruising” —uso de espacios públicos o semipúblicos para encuentros sexuales, normalmente anónimos y sin estructura formal— es mencionado específicamente en el texto de la propuesta como fenómeno “creciente y preocupante”. Para colectivos de derechos humanos esta tipificación plantea uno de dos escenarios: por un lado, refuerza la protección del espacio público frente a conductas no consensuadas; por otro, podría abrir la puerta a estigmatizaciones de poblaciones vulnerables, especialmente personas LGBTIQ+. En Panamá, donde los derechos de la diversidad sexual han sido identificados por organizaciones como objeto de retrocesos normativos, la medida adquiere relevancia adicional.
La inminente modificación legislativa pone de relieve el equilibrio complejo entre la protección de espacios comunes y los derechos individuales. Si bien la iniciativa se presenta como un avance para garantizar que “ningún padre tema por la seguridad de su hijo al entrar a un baño o caminar por un parque”, como afirma el diputado Cheng, también invita a preguntarse dónde queda el límite entre la seguridad pública y la vigilancia moral. En su fase de debate, la ley abre un espacio para que el país revise cómo regula la sexualidad pública, el consentimiento y la libertad individual sin socavar la dignidad de las personas.
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