Corte Suprema de Colombia hace historia al otorgar derechos de pensión a trieja poliamorosa

Manuel José Bermúdez, John Alejandro Rodríguez y Álex Esneyder Zabala convivieron como un trío poliamoroso durante una década. En el 2017, hicieron historia en Colombia al ser la primera familia poliamorosa reconocida legalmente en el país sudamericano, formando una trieja. Ahora, vuelven a estar en los titulares una vez más, pues la Corte Suprema de Justicia determinó que tanto Manuel José Bermúdez como John Alejandro Rodríguez debían recibir la pensión de Álex Esneyder Zabala, quien murió en 2014.
Los dos viudos iniciaron un litigio para reclamar su derecho a compartir la pensión del fallecido. Tardaron ocho años, pero al final la Justicia colombiana les dio la razón. La Corte colombiana explicó en su fallo que la familia poliamorosa estaba formada por “compañeros permanentes simultáneos individualmente considerados con igual derecho de acceso a la prestación reclamada”, por lo que cumplían con todos los requisitos para recibir la pensión, y que una respuesta negativa sería discriminatoria porque no se aplicaría el derecho a la igualdad y el acceso a la seguridad social que deben tener los ciudadanos, además de que rompería la libertad de la que gozan todas las personas de optar por su modelo de familia propio.
“Las personas que ostenten la calidad de compañeras o compañeros permanentes pueden ser dos o más, sin importar el número (…) Varias personas, sin importar su sexo, pueden confluir con el ánimo de constituir una sola familia. Una persona puede amar a dos personas a la vez y los tres entre sí”, señaló la sentencia. De esta manera, el máximo tribunal colo,bianod eterminó que las tres personas “estuvieron unidas en una relación afectiva con vocación de permanencia” y que no hay ninguna razón objetiva para decir que alguno de ellos tenía más derechos que los otros.
“No existen razones jurídicas que permitan desconocer el derecho a la pensión de sobrevivientes por el hecho de que tres personas, sin importar el género, hayan decidido conformar un núcleo de manera estable, ligados por vínculos de afecto, respeto y solidaridad hacia un proyecto de vida en común, acreditando el componente afectivo y emocional que alienta su convivencia y que se traduce en solidaridad, manifestaciones de afecto, socorro y ayuda mutua”, añadió. Sin embargo, la victoria fue parcial, pues un año antes de que Zabala muriera, a la familia se unió un cuarto esposo, Víctor Prada, quien también reclamó ser parte de los beneficiarios de la pensión. La Corte advirtió que el periodo de convivencia había sido muy breve y, por lo tanto, no le correspondía recibir ese derecho. Aún así, el fallo fue histórico y los viudos se mostraron complacidos, pues en la sentencia se habla de equidad, de poliamor, de triejas y nuevas familias.
“La pelea la dimos por la memoria de él, nos querían quitar la pensión diciendo que era un amigo que vivía con nosotros (…) Tuvimos que demostrar que no era un amigo más, era nuestro amor de 10 años hasta la muerte”, afirmó Bermúdez, uno de los viudos, en una entrevista con W Radio. “De aquí en adelante, cualquiera puede pensar en todas las potencialidades del matrimonio de tres o en el poliamor. Este magistrado va a pasar a la historia como el que se atrevió a meter en la jurisprudencia por primera vez, esas palabras que no existían”, afirma Manuel a El País.
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